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Misión y Visión


 LOGO UPSE TRANSPARENTE

MISIÓN

Forma profesionales que aportan al desarrollo sostenible, contribuye a la solución de los problemas de la comunidad y promueve la cultura.

VISIÓN

Ser reconocida por su calidad académica, impacto de sus investigaciones y su aporte al desarrollo de la sociedad.

 

Aprobados mediante Resolución N.-RCS-SE-26-01-2021 del Consejo Superior Universitario de la UPSE, de fecha 14 de diciembre del 2021.


FINES

Son fines de la UPSE:

a.  Producir propuestas y planteamientos para buscar la solución de los problemas del país;

b.  Propiciar el diálogo entre las culturas nacionales  y a su vez involucrar la cultura universal;

c.  Propiciar la difusión y el fortalecimiento de sus valores en la sociedad ecuatoriana;

d.  Propiciar la formación profesional, técnica y científica de sus estudiantes, docentes e investigadores o investigadoras, contribuyendo al logro de una sociedad más justa, equitativa y solidaria, en colaboración con los organismos del Estado y la sociedad;

e.  Los demás establecidos en el artículo 8 de la LOES.

PRINCIPIOS

La UPSE se rige por los siguientes principios:

a. Igualdad de oportunidades, que consiste en garantizar a todos los actores del Sistema de Educación Superior las mismas posibilidades en el acceso, permanencia, movilidad y egreso del sistema, sin discriminación de género, credo, orientación sexual, etnia, cultura, preferencia política, condición socioeconómica o discapacidad;

b. Autonomía responsable, cogobierno, calidad, pertinencia, integralidad, autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento, en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica global, tal como lo establece el Art. 12 de la LOES;

c.  Libertad de cátedra, en pleno ejercicio de su autonomía responsable, entendida como la facultad de la institución y sus profesores o profesoras para exponer, con la orientación y herramientas pedagógicas que estimaren más adecuadas, los contenidos definidos en los programas de estudio;

d.  Libertad investigativa, entendida como la facultad de la entidad y sus investigadores o investigadoras de buscar la verdad en los distintos ámbitos, sin ningún tipo de impedimento u obstáculo, salvo lo establecido en la Constitución y en la presente Ley.


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